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martes, 7 de agosto de 2018

Aprueban Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas

Resultado de imagen para Aprueban Ley de Partidos y Agrupaciones PolíticasLa Cámara de Diputado aprobó esta noche el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas. La pieza fue declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas con 142 votos a favor y 38 en contra.

Para su aprobación la pieza requería la aprobación de las dos terceras partes de los legisladores presentes en el hemiciclo. Hoy estaban presentes la totalidad de los diputados, 190.

Al concluir la votación, el presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, se quejó de los colegas que no votaron a favor del proyecto, alegando que violentaba la constitución

“Pero resulta que hay algunos exponentes que han pretendido hoy aquí adjudicarse la paternidad y la defensa de este proyecto de ley de partidos, y esto es totalmente falso”, dijo.

Dijo que el PRD lo que busca es la división del PLD

Las modificaciones
Entre las modificaciones del nuevo proyecto están el que la dirigencia de cada partido escogerá el método de elección de sus candidatos, además del padrón; que era el principal punto de discusión. Con relación a las cuotas de género y juventud, se agregó un párrafo relativo a los topes, estableciendo que en ningún caso podrá ser menor del 40 por ciento ni mayor que el 60 por ciento.
De igual manera, se acogió una propuesta relativa al período de la precampaña, que sería partiendo del primer domingo del mes de octubre del año previo al de las elecciones. Se disminuyeron los montos a invertir en la campaña de los candidatos, de cien a 70 pesos por cada elector inscrito.
LOS 67 ARTÍCULOS QUE NORMARÁN PARTIDOS
La nueva ley que normará la vida de los partidos contiene 67 artículos y establece que la celebración de primarias simultáneas estará bajo la organización y supervisión de la Junta Central Electoral. En tanto que el padrón o registro de electores y tipo de modalidad a utilizar para escoger todos los candidatos a cargos electivos será decidido por los máximos organismos de esas organizaciones.
En ese sentido, los partidos que decidan hacer primarias, la celebrarán de forma simultánea. La Junta Central Electoral es responsable de reglamentar, organizar, administrar, supervisar y arbitrar el proceso de primarias para la escogencia de los candidatos y candidatas a cargos de elección popular. Estas se llevaran a más tardar el primer domingo del mes de octubre del año preelectoral y para las demás modalidades lo harán a más tardar el último domingo del mismo mes del año preelectoral.
Sin embargo, cuando los partidos decidan escoger sus candidatos y candidatas a cargo de elección popular mediante una modalidad distinta a las primarias, lo harán bajo la supervisión y fiscalización de la Junta Central Electoral. Los recursos para organizar el proceso de las elecciones primarias de los partidos políticos para elegir los candidatos a los distintos cargos de elección popular en las elecciones ordinarias serán deducidos, previo acuerdo con las organizaciones políticas, del aporte económico que proporciona el Estado a esas organizaciones, independientemente de los aportes de la Junta Central Electoral en naturaleza y logística.
Asimismo, establece que las agrupaciones y movimientos políticos llevarán un registro general actualizado de todos sus afiliados, ordenado por circunscripción electoral, municipio y provincia, así como los del exterior. Además, proporcionarán un duplicado de este registro a la autoridad competente de la Junta Central Electoral y comunicar a dicha institución las nuevas afiliaciones y las desafinaciones que por cualquier causa se produzcan en su organización política.




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