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febrero 11, 2013
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La dirección de Normas de Vuelo del IDAC, mediante comunicado publicado en los medios impresos, recomienda a los favorecidos acudir a las oficinas del edificio Norge Botello en un plazo no mayor de 30 días, a partir del primer aviso de fecha 8 de febrero.
Dice que para revisar las facilidades otorgadas, el IDAC se sustenta en la Ley 491-06 de Aviación Civil, sobre Emisión y Enmienda del Reglamento Aeronáutico Dominicano, manuales y otros documentos técnicos que sirvan también de soporte para otorgar las exenciones.
Explica que "una exención es un privilegio de carácter temporal que otorga el IDAC a una persona u organización, en circunstancias excepcionales, liberándola de la obligación legal que tiene para el cumplimiento de un reglamento o parte de él, según las circunstancias y con sujeción a las condiciones especificadas en la exención.
"Vencido el plazo anteriormente citado, el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), en el interés de salvaguardar la seguridad operacional, procederá a declarar nulas todas las exenciones previamente otorgadas", señala el comunicado.
La comunicación indica que la solicitud de revisión de los privilegios por parte del IDAC busca realizar una labor eficiente, oportuna y equitativa, dirigida a satisfacer los requerimientos de los servidores y operadores aeronáuticos locales, como también de los estándares internacionales que rigen la actividad aérea a nivel mundial.
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