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julio 15, 2016
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EL AVIADOR, SANTO DOMINGO.-El
encargado del Club Ultraligero del Caribe (CUC), Robert Jiménez
Paulino, exhortó a los miembros de este gremio a obtener su certificado
de aeronavegabilidad.
Dijo que los inspectores del IDAC estarán realizando los chequeos a las aeronaves pertenecientes a los socios del club, lo cual abarca a paramotores y trike para que reciban la matrícula CUC-000TA, lo cual les permitirá seguir mejorando y tener la seguridad operacional.
De acuerdo al Reglamento Aeronáutico Dominicano (RAD) y el procedimiento para la certificación de productos y partes en el RAD 21 señala que los certificados de aeronavegabilidad emitidos para aeronaves con certificado de tipo validado en las categorías: Normal, utilitaria, acrobática, commuter, transporte; también para globos libres tripulados y para aeronaves.
Mientras que los certificados de aeronavegabilidad estándar son los certificados de aeronavegabilidad designadas por el IDAC como clases especiales de aeronaves.
Y por último, el mismo RAD 21 indica que los “certificados de aeronavegabilidad especiales son: restringido, limitado, deportivo-liviano, permiso de vuelo especial y experimental.
Jiménez Paulino exhortó a todos los afiliados al CUC ponerse en contacto con los representantes de este Club para mayor información sobre este asunto.
Dijo que los inspectores del IDAC estarán realizando los chequeos a las aeronaves pertenecientes a los socios del club, lo cual abarca a paramotores y trike para que reciban la matrícula CUC-000TA, lo cual les permitirá seguir mejorando y tener la seguridad operacional.
De acuerdo al Reglamento Aeronáutico Dominicano (RAD) y el procedimiento para la certificación de productos y partes en el RAD 21 señala que los certificados de aeronavegabilidad emitidos para aeronaves con certificado de tipo validado en las categorías: Normal, utilitaria, acrobática, commuter, transporte; también para globos libres tripulados y para aeronaves.
Mientras que los certificados de aeronavegabilidad estándar son los certificados de aeronavegabilidad designadas por el IDAC como clases especiales de aeronaves.
Y por último, el mismo RAD 21 indica que los “certificados de aeronavegabilidad especiales son: restringido, limitado, deportivo-liviano, permiso de vuelo especial y experimental.
Jiménez Paulino exhortó a todos los afiliados al CUC ponerse en contacto con los representantes de este Club para mayor información sobre este asunto.
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