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febrero 02, 2020
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Por Julio
Benzant
Fuente/Ciudad Oriental
Santo
Domingo Este. Condenas de 40 y 30 años de reclusión mayor, les fueron impuestas
a dos hombres por un tribunal de primera instancia, tras encontrados culpables
en el asesinato durante un atraco de un agente de la Policía Nacional, en un
suceso ocurrido en el sector Mendoza, en este municipio.
Las penas
les fueron impuesta a Jeison Omar Manzanillo (a) Jordany (40 años de prisión) y
Pedro Alberto Agramonte del Rosario (a) Teto, (30 años de prisión).
Los dos
jóvenes de 22 y 20 años de edad, respectivamente, fueron encontrados culpables
en el asesinato durante un atraco del raso de policía, Michael Caminero Pérez,
de 23 años, en un suceso ocurrido la noche del jueves 18 de abril del 2019.
La condena
fue dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado del
Primera Instancia de la provincia Santo Domingo.
De acuerdo a
la acusación, a la diez de la noche de la referida fecha, el raso policial
Caminero Pérez, se encontraba conversando con una menor de 16 años, frente a la
vivienda de la joven Beridania Cabral, ubicada en la calle 24 de Abril, en el
sector Los Coquitos de Mendoza.
Fue en ese
momento, que llegaron a bordo de una motocicleta los justiciables (a) Jordany y
(a) Teto, desmontándose el primero, advirtiendo que era un atraco y que
entregaran todo lo que tenían.
En esa
circunstancias, de acuerdo al documento, que el agente de policía sacó su arma
de reglamento y procedió a dispararle a los dos malhechores, logrando impactar
Omar Manzanillo (a) Jordany, quien también realizó varios disparos, que
alcanzaron al agente de policía.
El raso
Caminero Pérez, sufrió heridas de contacto de proyectil de arma de fuego con
entrada en el hemitórax derecho con salida en la región dorso lumbral
izquierda, que le provocaron la muerte, de acuerdo al Certificado de Necropsia
marcado con el número SDO-A-0371-2019.
Minutos
después del suceso, Omar Manzanillo (a) Jordany acudió al hospital Doctor Darío
Contreras para que le curaran las heridas, donde fue apresado, ocupándosele un
revolver marca no legible con la numeración 0126MIPRD.
Posteriormente,
fue iniciada una persecución donde fue arrestado Del Rosario (a) Teto, a quien
se le ocupó una motocicleta marca Jincheng, color Negro, la cual utilizaron
para escapar del lugar del suceso.
En tanto, de
acuerdo a los dos encartados el incidente se produjo luego de un alegado roce
entre la motocicleta que se desplazaban y la que conducía el agente de policía.
En
declaraciones a Ciudad Oriental el día del conocimiento de medidas de coerción,
negaron que fueran atracadores como le imputaban las autoridades, sino que le
dispararon al hoy occiso, luego que supuestamente este, que vestía de civil,
hirió a uno de ellos en una pierna en medio de una discusión por alegado
accidente de tráfico.
En la
ocasión, señalaron que luego del incidente, buscaron un revolver que
presuntamente le prestó un miembro del Ejército Nacional y fueron hasta donde
estaba el raso Caminero Pérez y le dispararon.
Estas
argumentaciones nunca fueron sustentadas con pruebas, durante la fase de
investigación.
El domingo
21 de abril del 2019, el juez Bernardo Coplín García, de la Oficina de
Servicios de Atención Judicial de la provincia Santo Domingo, impuso un año de
prisión preventiva como medida de coerción a dos jóvenes, entonces acusados en
el asesinato.
En el juicio
de fondo de este jueves 30 de enero, el tribunal compuesto por los jueces Juan
Pablo Ortiz Peguero (presidente), Nelson Romero y Emmanuel López Polanco
(miembros), encontró culpable a los imputados en violentar los Artículos 2,
265, 266, 295, 302, 304, 379, 383 y 385 del Código Penal Dominicano, que
tipifican y sancionan la Complicidad, Asociación de Malhechores, Robo Agravado
y el Asesinato.
También la
violación de los Artículos 66 párrafo II y 67 de la Ley 631-16 para el Control
y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
La condena
de 40 años impuesta a Jeison Omar Manzanillo (a) Jordany y la de 30 años al
coautor Agramonte del Rosario (a) Teto, fue acogiendo la conjugación del
asesinato y la violación de los Artículos mencionados de la Ley 631-16, la cual
establece el régimen sancionador en la violación de la referida legislación.
El párrafo
II del Artículo 66 de la referida Ley establece lo siguiente:
“Cualquier
persona física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia,
poseyendo un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30)
a cuarenta (40) años de privación de libertad”.
El fiscal
Juan Miguel Vásquez Minaya, del Departamento de Litigación Definitiva de la
Procuraduría Fiscal de esta demarcación, estuvo a su cargo demostrar la
responsabilidad penal de los dos justiciable,
destruyendo la presunción de inocencia y logrando la imposición de las
condenas.
El tribunal
impuso a los dos condenado el pago de dos millones de pesos de indemnización a
favor de los familiares del occiso.
Fue ordenado
el decomiso y destrucción del arma de fuego ocupada, la cual fue llevada al
plenario como prueba material.
El fallo de
los jueces establece que los dos condenados cumplan las penas impuestas en la
penitenciaría nacional de La Victoria, y que sea comunicada la decisión al juez
de Ejecución de la Pena para su cumplimiento.
La lectura
integra de la sentencia fue fijada para el 20 de febrero del año en curso,
fecha que abrirá los plazos para las partes no conteste con la decisión, la
puedan recurrir en apelación.
Enero 2020
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