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febrero 06, 2020
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El
Ministerio de Interior y Policía (MIP), exhortó dar estricto cumplimento a la
prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, el porte de armas en manos de
la población civil, desde 24 horas antes de las elecciones hasta 12 horas
después de culminados los procesos electorales a celebrarse en los meses de
febrero y mayo del presente año 2020.
En lo referente
a las ventas de bebidas alcohólicas, se exceptúan aquellas instituciones
hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, las cuales
deberán ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral, de
conformidad a la disposición legal contenida en la Ley 15-19, Orgánica del
Régimen Electoral.
Sólo los
agentes de la Policía Militar Electoral que estén al servicio de las
autoridades electorales, debidamente identificados con el brazalete de la Junta
Central Electoral, pueden penetrar armados en los locales en donde se efectúen
las inscripciones y las votaciones, cuando fueren requeridos.
El MIP
reitera las instrucciones impartidas a través de la Liga Municipal Dominicana,
para que los ayuntamientos del país adviertan a los policías municipales a
abstenerse de portar armas de fuego y vestir uniformes e insignias militares
durante las elecciones, que tendrán lugar en los procesos electorales de los
meses de febrero y mayo del presente año 2020.
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