El ministro de Salud, Rafael Sánchez Cárdenas, informó hoy que partir de la fecha los establecimientos de venta de alimentos y bebidas alcohólicas tipo colmados, cafetería, tiendas de bebidas alcohólicas así como restaurantes, deben solo operar de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche.
Los restaurantes y colmados podrán
realizar entregas a domicilio hasta las 9:00 de la noche, la resolución emitida
este miércoles por el Ministerio de Salud Pública, que advierte que serán
cerrados los que no cumplan esas disposiciones que buscan frenar la propagación
del coronavirus.
Explicó que esa resolución establece
medidas para asegurar el distanciamiento físico en establecimientos y lugares
cerrados de acceso al público, limitar la circulación y los conglomerados que
están facilitando los procesos de transmisión del coronavirus.
Abarca a los colmados, restaurantes y
bares, e igualmente en el transporte público de OMSA y el Metro de Santo
Domingo.
Los establecimiento deben garantizar
un distanciamiento entre las personas de 1.5 metros, uso obligatorio de las
mascarillas. También estos comercios son los responsables de hacer cumplir
todas las medidas de seguridad dispuestos para controlar la propagación de la
pandemia.
El personal debe cumplir con las condiciones para el lavado de manos,
desinfección de equipos e instrumentos necesarios para la realización de sus
deberes.
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