Mediante el oficio 45335, el teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre, pide al director general de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, que en caso de detectar a un militar o asimilado pretendiendo viajar sin permiso, le sea comunicado a los miembros de la Dirección de Inteligencia J-2 del Estado Mayor Conjunto, para los fines correspondientes.
La orden esta contenida en el Artículo 219 de la Ley Orgánica (139.13) de las FF.AA., que establece: “Las vacaciones, licencias o permisos concedidos a los miembros de las Fuerzas Armadas para disfrutarse en el extranjero, requerirán la autorización del Ministro de Defensa (sic)”.
Toda se desparede de auditorías al personal activo de los cuerpos castrenses que revela que una cantidad significativa de oficiales, alistados y asimilados, residían en Estados Unidos y otros países sin el permiso correspondiente del Ministerio de Defensa.
Por lo tanto, cuando un miembro de las fuerzas armadas desea viajar al extranjero, debe solicitar permiso a su institución, la cual gestionará la solicitud ante el Ministerio de Defensa para su conocimiento y posible aprobación, conforme al protocolo establecido.
21 de noviembre 2024
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