Writen by
habichuelacondulce.m@gmail.com
agosto 31, 2018
-
0
Comments

En el
comunicado 32-18 publicado por el TC se establece: “inadmisible la acción
directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la
disposición transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015,
en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia
Constitución”.
El abogado
Fredermido Ferreras Díaz sometió ante el TC una acción directa que buscaba la
nulidad de la vigésima disposición transitoria, del 13 de junio de 2015, que prohíbe al presidente Danilo Medina optar
por otro período.
No hay comentarios
Publicar un comentario