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abril 27, 2020
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A penas 24 horas después de que las líneas aéreas que
operan en Argentina fueran notificadas de que, en el contexto anómalo generado
por la pandemia de coronavirus , debían suspender la promoción y venta de
pasajes al exterior , el Gobierno dio marcha atrás y elaboró una nueva norma
que suaviza los términos planteados originalmente.
Así, una resolución que fue firmada el sábado por la
titular de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y que se publicó
hoy en el Boletín Oficial dispone que las líneas aéreas que operan “desde,
hacia o dentro del territorio nacional” podrán programar vuelos y comercializar
pasajes, pero solo con fecha a partir del 1° de septiembre. Es decir, por
ahora, ninguna expectativa de vuelos ni de cabotaje ni internacionales por algo
más de cuatro meses.
La resolución 144/2020 , a la que pudo acceder el
Diario La Nación , fue firmada por la titular de la ANAC, Paola Tamburelli. En
su artículo 1°, establece “que las líneas aéreas que operan servicios de
transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional
podrán reprogramar sus operaciones regulares o solicitar autorizaciones para
operaciones no regulares a partir del 1° de septiembre”. En el 2°, autoriza a
las empresas “a comercializar pasajes aéreos con fecha de inicio de operaciones
a partir del 1° de septiembre de 2020”.
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