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abril 09, 2020
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“El Poder
Ejecutivo no puede tomar medidas anticipadas que correspondan ser discutidas
previamente con la autoridades Legislativa”.
Santo
Domingo Este.- El diputado por el Partido Revolucionario Moderno
(PRM), Alexis Isaac Jiménez, consideró como inconstitucional las decisiones
adoptadas por el Poder Ejecutivo en la que explicó ninguno de los Poderes del
Estado puede asumir las funciones de ningún otro.
Sostuvo que
la división de los poderes del estado es la garantía de la democracia y de la
representación popular, al tiempo que dijo de lo contrario se estaría dando
paso a una dictadura.
“Hay una
violación al artículo 4 de la Constitución que dispone la división de los
poderes del Estado, pues cada poder tiene establecido las funciones que le
corresponden y ninguno puede asumir las funciones del otro; esa división es la
garantía de la democracia y de la representación popular, de lo contrario se
estaría dando paso a una dictadura” expresó .
El
legislador del PRM explicó que la separación de funciones es lo que evita el
poder omnímodo de uno de los poderes del Estado, y es lo que garantiza que
seamos un país Democratico.
Alexis Isaac
Jiménez precisó que el Poder Legislativo no debe permitir que bajo ningunas
circunstancia debe delegar sus funciones al Poder Ejecutivo, quien según
expresó no puede tomar medidas anticipadas que correspondan ser discutidas
previamente con la autoridades Legislativa.
“Es por eso
que el Poder Legislativo no debe permitir bajo ningún concepto la delegación de
sus funciones al Poder Ejecutivo, quien no puede tomar medidas anticipadas que
correspondan ser discutidas previamente con la autoridades Legislativa, en
franca violación a la Constitución y a la institucionalidad del Estado, al
menos que sean cómplice de una Dictadura” refirió.
El
legislador explicó que las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo “violenta el
artículo 6 de la Constitución Dominicana que impone la supremacía
Constitucional, a todos los órganos del Estado sin excepción, los cuales deben
someterse a la Supremacía de la Constitución, de lo contrario sus actuaciones
tendrían que ser anuladas. La supremacía implica que todo poder del Estado debe
someter sus actuaciones al orden constitucional, es decir respetar lo impuesto
en la Carta Magna, esto incluye el Estado de Emergencia cuya declaratoria debe
ser autorizada previamente por el Legislativo”.
Jiménez
añadió que la consecuencia de la violación del orden y supremacía
constitucional realizada por el mandatario de turno es injustificada, y
conlleva la nulidad del acto, que violento los parámetros establecidos por la
constitución conforme al artículo 6 de la Ley de leyes.
Alexis
Jiménez fustigó que no se puede concebir que en un Estado Democrático el Poder
Ejecutivo actúe al margen de la constitución.
“No es
posible concebir en un Estado Democrático con actuaciones del Ejecutivo al
margen de la constitución, pues es la norma que establece la conducta que se
debe mostrar en todo momento pues en ella están los valores y principios que
tiene que exhibir el que gobierna la nación” concluyó el diputado
perremeísta.
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