SANTO DOMINGO. - El Gobierno dispuso
este miércoles nuevas medidas tendentes a contener la propagación del COVID-19,
que incluyen inicio de toque de queda a las 7:00 de noche el 31 de diciembre,
eliminando la gracia de libre tránsito hasta la 1:00 de la madrugada del 1 de
enero.
El presidente Luis Abinader emitió el
Decreto 740-20 que sustituye al 698-20, el cual establece en su artículo 12 que
las medidas entran en vigencia a partir de este jueves 31 de diciembre.
Se ordenó que desde el próximo 1 de
enero hasta el 10 de enero el toque de queda será desde la 5:00 de la tarde
hasta las 5:00 de la madrugada, de lunes a viernes, con dos horas de libre
tránsito para llegar a sus casas, hasta las 7:00 de la noche.
En tanto, los sábados 2 y 9, así como
los domingos 3 y 10, de enero de 2021, el toque de queda será desde las 12:00
del mediodía hasta las 5:00 de la mañana.
Las medidas fueron dadas a conocer en rueda de
prensa encabezada por la vicepresidenta de la República y coordinadora del
Gabinete de Salud, Raquel Peña y el ministro de Salud, Plutarco Arias, en el
Palacio Nacional.
El mandatario había adelantado que se
tomarían nuevas medidas en procura de la salud de los ciudadanos y el bienestar
del país, destacando todos los esfuerzos del Gobierno en controlar la crisis
heredada.
Las medidas también establecen que en
el intervalo del 1 al 10 de enero de 2021 cesen las actividades de las
diferentes iglesias o denominaciones religiosas.
“Estamos cerca de ver la luz al final
del túnel. Las vacunas son prometedoras y hoy fue aprobada por la autoridad
sanitaria británica la vacuna desarrollada por la Universidad de Oxford y
AstraZeneca, tras considerarla segura, de calidad y efectiva para ser usada en
Gran Bretaña”, dijo la vicepresidenta.
Recordó que justamente hace 2 meses
firmaron un contrato de compra-venta para la adquisición de 10 millones de
dosis, gracias al respaldo y apoyo de un grupo de empresarios dominicanos y
extranjeros.
La vicepresidenta insistió en que la
población cumpla con los protocolos sanitarios establecidos, como el uso
correcto de la mascarilla, el lavado de manos y el distanciamiento físico.
También, con respetar y valorar el trabajo de
los miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas.
Participaron en la rueda de prensa,
además, los ministros Administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza; de
Interior y Policía, Jesús -Chu- Vásquez; los directores del Servicio Nacional
de Salud, Mario Lama, del Seguro Nacional de Salud (SENASA) Santiago Hazim; de
la Policía Nacional, mayor general Edward Sánchez González, de Promese/Cal,
Adolfo Pérez; el director del C5i, Luis Rafael Lee Ballester y el doctor Eddy
Pérez Then, asesor del Ministerio de Salud Pública.
Nuevas medidas dispuestas:
Se modifica el Decreto 698-20, de fecha 15 de
diciembre del año 2020, que estableció el régimen de toque de queda, en los
términos siguientes:
1. Queda eliminada la gracia de libre
circulación a partir del día 31 de diciembre; por consiguiente, el toque de
queda de ese día iniciará a partir de las 7:00 p.m.
2. Se establece que desde el día 1 de enero
hasta el 10 de enero el toque de queda será desde la 5:00 p.m. hasta las 5:00
a.m., de lunes a viernes, con dos horas de libre tránsito para llegar a sus
casas a las 7:00 p.m.
3. Se establece que los sábados 2 y 9, así
como los domingos 3 y 10, de enero de 2021, el toque de queda será desde las 12:00
del mediodía hasta las 5:00 a.m.
4. Se establece que empleados o contratistas
de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de
alimentos cocidos, crudos o medicamentos, tendrán permiso para circular hasta
las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
5. Se establece que desde el 1 de
enero de 2021 los bares, restaurantes y colmadones, no podrán recibir clientes
que consuman en sus instalaciones hasta el 10 de enero.
6. Durante el horario del toque de
queda se permitirá la circulación de las siguientes personas:
a) Personas dedicadas a los servicios
de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y
personal farmacéutico.
b) Personas con alguna emergencia
médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
c) Personas dedicadas a labores de
seguridad privada debidamente identificadas.
d) Miembros de la prensa y demás
medios de comunicación debidamente acreditados.
e) Operadores de vehículos y técnicos
de empresas e instituciones prestadores de servicios de energía, agua,
telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados,
exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
f) Operadores de vehículos dedicados a la
distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible
debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones
laborales.
g) Personas que laboren en la
industria y comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén
en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten
identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención
y Control del Coronavirus.
h) Pasajeros internacionales y
operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a
estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente
identificados en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
i) Empleados de empresas que brinden
servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones
laborales.
j) Empleados o contratistas de los
sectores de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el
ejercicio de sus funciones laborales.
7. Desde el día 1 de enero hasta el
10 de enero de 2021, estarán clausurados todos los espacios públicos abiertos
al aire libre, tales como parques, malecones, gimnasios y los dedicados a
prácticas deportivas, solo con la excepción de torneos profesionales sin
asistencia de público.
8. Se establece que las actividades
del sector turístico continuarán manejándose con un protocolo especial como
hasta ahora.
9. Se establece que en el intervalo
del 1 al 10 de enero de 2021 cesen las actividades de las diferentes iglesias o
denominaciones religiosas.
Además de estas medidas:
Continuaremos aumentando la capacidad
instalada de camas hospitalarias y camas UCI. Distribuiremos kits en todos los
hospitales del país para el tratamiento ambulatorio de todos los pacientes
leves; además, daremos seguimiento hasta su total recuperación.
30 de diciembre, 2020
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