Respuesta
del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) a la comunicación del Partido de
la Liberación Dominicana (PLD) de fecha 8 de enero del 2021, relacionada con su
solicitud de convocar audiencia pública, a fin de escuchar distintas opiniones
sobre el orden numérico en que deben figurar éstos en las boletas electorales y
sobre la distribución económica que reciben del Estado dominicano.
A los
Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos
Por
instrucciones del Pleno se les comunica lo siguiente:
Que la Junta
Central Electoral (JCE), a través del Pleno, integrado por Román Andrés Jáquez
Liranzo, Presidente, Rafael Armando Vallejo Santelises, Dolores Altagracia
Fernández, Sánchez, Patricia Lorenzo
Paniagua y Samir Rafael Chami Isa, miembros titulares, en su sesión
administrativa ordinaria de fecha seis (6) de enero de 2021, (Acta 01-2021), aprobó
solicitar a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, su opinión por
escrito respecto al orden numérico en que deben figurar éstos en las boletas
electorales y sobre la distribución económica que reciben del Estado
dominicano. La citada decisión les fue notificada a cada uno de los delegados
de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos mediante comunicación de
fecha siete (7) de enero de 2021.
En atención
a la decisión anterior, mediante comunicación de fecha 8 enero de 2021, suscrita
por José Ramón Fadul, delegado político del Partido de la Liberación Dominicana
(PLD), ante la Junta Central Electoral, el indicado partido solicitó convocar a
una audiencia pública con los delegados de los partidos, agrupaciones y
movimientos políticos a fin de escuchar las distintas opiniones sobre el orden
numérico en que deben figurar éstos en las boletas electorales y sobre la
distribución económica que reciben del Estado dominicano.
En respuesta
a la indicada comunicación del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el
Pleno de la Junta Central Electoral reconoce el derecho que tienen los
partidos, agrupaciones y movimientos políticos de intercambiar entre éstos los
argumentos que puedan tener sobre la opinión requerida por este órgano, por lo
que decidió lo siguiente:
“Que de
conformidad con el artículo 212 de la Constitución de la República, la Junta
Central Electoral no es un órgano jurisdiccional sino un órgano que ejerce la
función electoral, es decir, que su naturaleza está orientada a la administración
electoral.
Que a los
fines de adoptar la presente decisión la Junta Central Electoral ha tomado en
consideración la actual situación en la que se encuentra el país a raíz de los
efectos de la pandemia del COVID-19 a lo que se adiciona el Decreto No. 6-21,
que declara el Estado de Emergencia en todo el territorio nacional, así como
también el Decreto No. 7-21 que regula el toque de queda, ambos de fecha 8 de
enero de 2021.
En virtud de
lo anterior, éste órgano, reconociendo la existencia de 27 partidos y 6
movimientos políticos y, a los fines de dotar el indicado proceso de todas las
garantías de transparencia, dispone que, una vez vencido el plazo que ha sido
otorgado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para emitir la
citada opinión y el cual concluye el día viernes quince (15) de enero de 2021,
este órgano, notificará a todos los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, en fecha dieciocho (18) de enero de 2021, las opiniones que hayan
sido depositadas en la Junta Central Electoral hasta la referida fecha del
quince (15) de enero de 2021.
Una vez
notificadas las indicadas opiniones a cada partido, agrupación o movimiento
político, éstos dispondrán de un plazo hasta el día martes veintiséis (26) de
enero de 2021, a las dos horas (2:00 PM) de la tarde para que formulen por
escrito, vía Secretaría General, las observaciones o contraposiciones que
consideren de lugar sobre las opiniones depositadas por los demás partidos,
agrupaciones y movimientos políticos.
Luego de
vencido el plazo anterior, la Junta Central Electoral estudiará las diferentes
opiniones que hayan sido depositadas y las observaciones o contraposiciones a
éstas, si las hubiere y, posteriormente, dictará la decisión que corresponda”.
11 de enero
del 2021
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