Santo Domingo, RD.
El abogado Manuel Soto Lara dijo
ha sido una inobservancia de la Suprema Corte de Justicia la decisión de que el
presidente de la Cámara de lo Civil y Comercial en atribuciones de Juez de los reherimientos
puede ordenar la restitución de los inquilinos y regularmente lanzados de los
inmuebles.
El jurista explico que la competencia
de ese tribunal es una competencia especial en el contexto del derecho público
ya que en este caso el juez natural para el caso lo es desde el año 366 antes
de Cristo lo es el juez de paz.
Soto Lara, señaló que la Suprema Corte puede no modificar la Ley porque si bien es cierto que el presidente de la Cámara Civil estatuyendo como juez de los reherimientos puede proveer todo diferendo que no resuelva cuestiones atinentes al fondo que justifique la existencia de un diferendo o que constituyan una acción manifiestamente licita o que de cualquier manera haya una celeridad no menos cierto es que eso es en los aspectos en que la ley a otra instancia no le atribuye esa competencia como en el caso de la especie que son competencia del juez de paz.
En su decisión, la citada sala
mediante sentencia núm. 2212/2021 de fecha 31 de agosto de 2021, anuló la
ordenanza impugnada al confirmar la corte de apelación la declaratoria de
incompetencia de la jurisdicción de los reherimientos
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