Capitán de Navío Franklin O. Frías Duarte, ARD (MA) firman un acuerdo y entrega de recertificacion DBIP
Santo Domingo, RD.
El director general del Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria (Cesep), Capitán de Navío Franklin O. Frías Duarte, ARD (MA) y el director ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom), Licenciado Jean Luis Rodríguez, firmaron y realizaron la entrega de la recertificación de la Declaración de Cumplimiento de las Instalaciones Portuarias (DCIP), a las instalaciones AES-Andrés y DP World, certificación expedida en virtud de haber cumplido con las disposiciones del Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP).
El Cesep, dentro de su plan de capacitación, ha estado orientando a los involucrados en el ámbito naviero, acatando las directrices del director general del CESEP, Capitán de Navío Franklin O. Frías Duarte ARD (MA), sobre el fortalecimiento interinstitucional a los fines de crear un ambiente de trabajo mancomunado para el mejoramiento, el buen funcionamiento y la protección de los buques e instalaciones portuarias a nivel nacional.
Recientemente fue impartido el III curso básico sobre el Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP), en cumplimiento al plan anual de capacitación 2021 de la institución..
El PBIP
El Código Internacional para la Protección de los Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP) constituye una de las reacciones mundiales a los atentados terroristas que han venido impresionando al mundo desde el año 2001 a la fecha.
Se trata de un cuerpo normativo de carácter técnico que establece medidas para asegurar la protección marítima de los buques mercantes y de las instalaciones portuarias en la interfaz, buque-puerto y que opera por medio de la existencia de un plan de protección marítima y portuaria que debe ser elaborado e implementado por las empresas navieras y los terminales portuarios, a través de un oficial o persona a quien cada una de ellas cometa esta labor.
El sistema de protección opera por medio del establecimiento de tres niveles de protección, que varían dependiendo de la posibilidad o inminencia de una amenaza o de un ataque a la seguridad marítima o portuaria, de manera que las medidas de protección al efecto van in creciendo en proporción al aumento de la probabilidad de un suceso que afecte contra la seguridad marítima. El Código PBIP, que fue redactado por la Organización Marítima Internacional, a través de su Comité de Seguridad Marítima, ha sido promulgado al alero de una enmienda al Capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), adoptada en diciembre de 2002. PALABRAS CLAVE: Instalaciones portuarias - Oficial de Protección - Puertos - Buques - Plan - Evaluación - Gobierno - Administración - Código Internacional para la Protección de los Buques e Instalaciones Portuarias PBIP - Medidas - Estado Rector - Organización de Protección - Organización Marítima Internacional (OMI) - Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS)
publicada, 23 de diciembre 2021
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